Ediciones de la Revista Penpo

Corresponsabilidad de las autoridades públicas locales en el éxito de la nueva ley de seguridad de ciudadana.


Por Camilo José Puello



E n los días previos a la escritura de este ensayo ha sido promulgada por el presidente de la república de Colombia,la nueva ley de seguridad ciudadana para disminuir y acabar con los efectos de las nuevas formas de delincuencia surgidas ahora y me asalta la idea de que tan exitosa será la nueva ley si esta le encarga todo el peso de su ejecución solamente a las instituciones centralizadas( como la Policía, la fiscalía, la procuraduría) con sus delegaciones regionales ¿qué pasará con los gobiernos locales? A ellos no se les menciona ni se las explica o describe como parte. En resumidas cuentas es una ley de carácter punitivo y con aspectos de procedimiento penal que no contempla medidas de otro carácter.



La constitución política de Colombia en los artículos 303 y 315 establece la competencia del gobernador y el alcalde en la conservación y guarda del orden público. Estos aparte de los consejos extraordinarios de seguridad y de medidas coyunturales como reacción, no han realizado sus obligaciones constitucionales para mitigar la delincuencia; así los principales factores para los criminales ocasionales como: La pobreza, el desempleo, la corrupción pública, los problemas familiares, la vulneración constante de derechos humanos, etc. no se encuentran mitigados y según el IDH de la ONU Colombia es un país con una alta tasa de inequidad y discriminación en la asignación de recursos y la creación de políticas públicas redistributivas.

Es sobresaliente el esfuerzo de la Policía que ha participado en los escenarios locales motivando a las autoridades y asignando uniformados para capacitar en el desempeño efectivo de las funciones relacionadas con el derecho a la seguridad, implementando conjuntamente planes de seguridad urbana(el conocido plan por cuadrantes) y evaluando su impacto. También ha invitado a firmar convenios para realizar proyectos especiales. Sin embargo la iniciativa debe originarse en las instituciones comprometidas con la seguridad ciudadana, no sólo la policía como generalmente se cree. Así en los consejos de seguridad ciudadana surgirán políticas públicas que atienden las inquietudes de la comunidad y permiten adaptar el espíritu de la ley, que no se quede en su parte litera sino en una parte transformativa basándose en el apoyo y reconocimiento que vendrá también de las personas.

Para conservar el orden público no sólo es necesario construir más cárceles, aumentar el número de fiscales o jueces, implica crear mecanismos y procesos de cambio en las condiciones y cosmologías de vida de las personas, que una vez implementados estas mismas reproduzcan los beneficios adquiridos e inviten a otros no beneficiados a que se sumen. Hay que atacar la causa del crimen principalmente, sin pretender tampoco olvidarse de los efectos y consecuencias.

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